Jerarquía Del Gobierno

 Jerarquía de Gobierno

Con la instauración del Virreinato en 1535, la política novohispana se cimentó en las siguientes instituciones:

Carlos V

Órganos Metropolitanos (Con Sede en España)


 
Rey
: máxima autoridad del Imperio español y tenía como lugar de residencia, España.

Consejo de Indias

Consejo de Indias: organización que ayudó al rey de España a elaborar leyes y administrar las riquezas sobre los asuntos que tenían que ver con los territorios españoles en América. El Consejo Real y Supremo de Indias estaba integrado por ministros, funcionarios y empleados subalternos; había sido creado en 1519 como sección especial del Consejo de Castilla, y desde 1524 fue independiente y tuvo el mismo nivel jerárquico que otros Consejos de la Corona. Sus funciones eran legislativas, administrativas, judiciales y militares, aunque las extendía también al área cultural como lo demuestran las relaciones geográficas e históricas que fueron redactadas bajo su orden.

Casa de Contratación de Sevilla:El 14 de enero de 1503 se 

Virgen de los mareantes,
Protectora de la Casa
de Contratación de Sevilla

estableció por  decreto real la Casa de Contratación de Indias en Sevilla, creada para fomentar y regular el comercio y la navegación con el Nuevo Mundo. Su denominación oficial era Casa y Audiencia de Indias, que Pedro Mártir de Anglería llamaba con más propiedad la Casa del Océano. Su reglamento fue modificado por las Ordenanzas expedidas en Monzón en 1510 y toda la legislación referente a este organismo se imprimió en 1522.

[...] Se especificaban las horas de trabajo; se habla de los libros de registro que hay que llevar; se regula la emigración; se trata de las relaciones con mercaderes y navegantes; se dispone lo relativo a los bienes de los muertos en Indias,etc. [...] Como controladora del tráfico marítimo, la Casa se encargaba del aprovisionamiento y del pertrecho de las flotas, y de la inspección de los barcos que se disponían a zarpar para América.

Órganos Locales (Con Sede en Nueva España)


Virrey
: era la representación del rey de España en América y tenía cinco funciones. Gobernador de la Nueva España en nombre del rey, Presidente de la Real Audiencia, Capitán General, Vice patrono de la Iglesia y superintendente de la Real Hacienda.El poder reglamentario de los virreyes en la Nueva España fue muy importante, pues sus ordenanzas constituyeron la base principal de las disposiciones reales al ser ratificadas, y quizá formaron la mayor parte de la legislación colonial si se compara con la que se originó en la metrópoli . Casi toda la reglamentación sobre asuntos del trabajo, minas, ganadería, tributo de los indios, etc., fue obra de los virreyes, que por participación de la Audiencia se manifestó bajo la forma de Autos Acordados.

Real Audiencia

 Real Audiencia: órgano supremo de justicia en la Nueva España, la cual estaba conformada por los llamados oidores. Como lo dice el nombre, su función era la de escuchar y resolver problemas jurídicos en la Nueva España.

Tribunales Especializados

 

Gobernador

Gobernadores: los cuales dirigían en las llamadas gobernaciones, había un presidente-gobernador para Nueva Galicia, y gobernadores para Nueva Vizcaya, Nuevo León, Nuevo México y Yucatán.

Miguel Dominguez
Corregidor de Qro.

 Corregidores: tenían su jurisdicción en los corregimientos y  tenían las funciones derecaudar tributos, así como vigilar la administración y empleo de los bienes de la comunidad, castigar a los criminales; regular las pesas, medidas y precios para evitar abusos de los comerciantes y convocar a los principales vecinos para resolver problemas importantes.Los corregidores dependían del Consejo de Indias, no del virrey; carecían de facultad legislativa y ejercían la resolutoria subordinándose al propio virrey, quien podía conocer los casos correspondientes al corregimiento e incluso revisar sus resoluciones.

Alcalde

 Alcaldes mayores: gobernaban de manera local una provincia o  reino de la Nueva España, por lo que estaban bajo las órdenes de la Real Audiencia y el Virrey. Entre sus funciones estaban la de gobernar, administrar justicia dentro de su territorio de gobierno, así como recaudar tributos. Otras funciones fueron la de administrar y realizar obras públicas y proteger a los indígenas.A partir del siglo XVII la distinción entre ambos se desvanece, pues tendrán funciones e importancia idénticas aunque diferente denominación. En el XVIII, los excesos de esos funcionarios serían causa fundamental para extinguir los cargos.


Primer Cabildo de la Nueva España

 Cabildos: gobiernos locales de alguna villa o pueblo de españoles, así como de los pueblos de indios. La conformaban alcaldes menores y regidores. Sus funciones eran las de administrar justicia, gobierno y obras públicas. Es el equivalente a los gobiernos municipales actuales.En lo que corresponde al gobierno local, la corporación que administraba y regía los consejos de ciudades, villas u otros lugares se llamaba cabildo, y hubo diferencias entre los pueblos de españoles y los de indígenas. En los cabildos españoles correspondía la justicia a los alcaldes ordinarios y el regimiento o administración a los regidores.

Visitador José de Galvez

Los visitadores fueron funcionarios con gran autoridad enviados por el  Rey o por el Consejo de Indias, cuando ocurrían alborotos graves que alteraban la tranquilidad y el orden público, había sospecha de malos manejos financieros, o cuando estaba en peligro la fidelidad de la colonia al rey. Su labor fue inspeccionar la conducta de las autoridades, incluido el virrey, imponer suspensiones y penas.



 

Tribunal de la
Inquisición

La Iglesia administraba todos los asuntos religiosos, tenía en sus manos la educación y sostenía las instituciones de beneficencia. Se dividía en clero secular regido por los arzobispos y obispos y el clero regular cuyas órdenes tenían sus propias autoridades, contaba, a partir de 1571, con el Tribunal del Santo Oficio o Inquisición, destinado a evitar la propagación de las ideas contrarias a la Religión católica, perseguía a los acusados de practicar los credos prohibidos: judío, protestante y musulmán, así como la vigilancia de que los libros prohibidos por la Iglesia no circularan ni se leyeran.


El Juzgado General de Indios surgió como unidad integral del gobierno en 1592 y estuvo situado en la capital del virreinato. De acuerdo a las cédulas reales, tenía jurisdicción alterna aunque no exclusiva en primera instancia en los pleitos entre indígenas o entre éstos y los españoles.

 Los indígenas quedaban excluidos de su autoridad por ser nuevos cristianos.

Representación del Ayuntamiento
De la Ciudad de México

 A nivel regional y local la jurisdicción estaba en manos de instituciones con diferentes nombres. Las autoridades más importantes en las ciudades o repúblicas de españoles fueron los cabildos o ayuntamientos (consejos municipales) constituidos por alcaldes y regidores electos, les correspondió resolver, reglamentar y ejecutar todo lo concerniente a la vida de la ciudad o del municipio. Como el ayuntamiento fue una autoridad que no provenía directamente del rey, sino que era representativa de los colonos, se convirtió en órgano defensa de los intereses de los novohispanos.

Repartimiento

Otra forma de dominio sobre los indígenas  fueron los repartimientos,  llevados a cabo desde mediados del siglo XVI para que los indios cumplieran con los servicios personales por el sistema de rotación y para proporcionar mano de obra barata; aunque debido a las normas que los protegían, los naturales adquirieron derecho a recibir salario por esos servicios.

Encomienda
La encomienda consistió en repartir señoríos a los conquistadores, a quienes se les denominaba encomenderos. Los encomenderos recibían del señorío una renta o tributo, que podría cubrirse con metales preciosos, leña, vestido, productos agrícolas, o mano de obra. El compromiso que los encomenderos tenían era proteger al señorío y evangelizarlo, con la indispensable ayuda del gobernador del pueblo. Los encargados de recopilar y entregar el tributo a los conquistadores eran los gobernantes de los pueblos, llamados: caciques.



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